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Áreas de práctica

Contencioso ante el CARF

Defensa en el proceso administrativo fiscal federal y en los recursos sometidos al CARF.

El contencioso administrativo fiscal federal tiene etapas propias de constitución y discusión del crédito tributario. El CARF actúa en el juzgamiento de recursos dentro de su competencia, sin ser la primera instancia de toda controversia fiscal. La estrategia de defensa depende del auto de infracción o de la decisión impugnada, de los hechos probados y de las cuestiones que pueden apreciarse en cada etapa. La organización documental desde el inicio influye en el alcance de las discusiones posteriores.

La actuación incluye el análisis del cobro, la elaboración de impugnaciones y recursos, y el seguimiento de los juzgamientos, según la etapa procesal. Las pruebas contables, los contratos y los estados financieros deben dialogar con los fundamentos jurídicos de la defensa. También se examinan los presupuestos de admisibilidad, los precedentes y las consecuencias de medidas judiciales relacionadas con la misma materia. La evaluación de alternativas debe distinguir entre discusión administrativa, regularización y una eventual vía judicial, considerando los efectos de cada elección sobre la exigibilidad y la continuidad del litigio.

Nuestra actuación

  • Impugnaciones y análisis de autos de infracción
  • Recursos y seguimiento de juzgamientos en el CARF
  • Organización de prueba documental y contable

¿El CARF juzga cualquier cobro tributario?

No. Su competencia se inserta en el contencioso administrativo fiscal federal. Los tributos estaduales y municipales tienen vías administrativas propias, y no toda discusión federal llega al Consejo.

Revisión editorial:

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