Derecho Societario
Constitución, organización y seguimiento de los actos y de las relaciones entre socios.
El derecho societario organiza la relación entre la empresa, sus socios y administradores. La elección del tipo societario influye en la gestión, la transferencia de participación, la publicidad de actos y la responsabilidad. El contrato social y el estatuto deben reflejar el negocio y respetar las normas legales aplicables. Los acuerdos entre socios pueden detallar derechos y compromisos, pero requieren compatibilidad con los documentos de la sociedad y con los mecanismos necesarios para que produzcan los efectos pretendidos.
La asesoría abarca constitución, aumentos de capital, deliberaciones, entrada y salida de socios y reorganización de poderes. El registro adecuado de las decisiones es importante tanto para la operación cotidiana como para futuras diligencias y disputas. Las reglas de distribución de resultados, sucesión y transferencia de participaciones deben examinarse en conjunto. En las empresas reguladas, los actos societarios pueden tener requisitos adicionales de aprobación o comunicación, lo que exige coordinar el calendario corporativo con las obligaciones frente al regulador.
Nuestra actuación
- Contratos sociales, estatutos y acuerdos de socios
- Deliberaciones, aumentos de capital y actos societarios
- Reglas de administración y transferencia de participaciones
¿Un acuerdo de socios sustituye al contrato social?
No. Son instrumentos con funciones y efectos propios. Sus disposiciones deben compatibilizarse, observando el tipo societario, las formalidades y los derechos de terceros.
Revisión editorial: